1. El Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, A. C. (IMNC) brinda sus servicios con total imparcialidad, objetividad y transparencia, apegándose al cumplimiento estricto de la normatividad nacional e internacional que regula sus actividades en los temas de evaluación de la conformidad (certificación e inspección). Los términos del contrato que se firmen para la prestación de estos servicios no interfieren con la imparcialidad, objetividad y transparencia del Instituto.
2. El IMNC actúa tomando en cuenta el beneficio mutuo con sus clientes, sin colocar en situación de riesgo los intereses de las partes interesadas.
3. La operación y la administración del IMNC, son NO discriminatorios con los solicitantes de los servicios.
4. La información que el IMNC proporciona sobre sus servicios, refleja las circunstancias reales del IMNC, sin dolo ni engaño.
5. El IMNC actúa de forma ética para con sus clientes y mantiene la confidencialidad sobre cualquier información que el cliente le proporciona, o que el IMNC obtenga durante el proceso de certificación o inspección, asimismo, el IMNC mantiene en total confidencialidad los registros generados en todas las etapas del proceso a excepción de los documentos que establezcan el estatus de la certificación.
6. El IMNC proporciona sus servicios en todo momento con personal calificado para su realización.
7. El IMNC informa al cliente respecto de cualquier conflicto de interés que fuese factible de presentarse durante la prestación del servicio.
8. El personal del IMNC, en todos sus niveles y categorías de contratación, actúa con apego al Código de Ética Institucional, para evitar cualquier acto que perjudique el buen nombre y el interés del IMNC, así como el de sus clientes. Ningún miembro del IMNC puede solicitar ni ofrecer remuneración alguna que propicie un resultado sesgado en sus actividades.
9. La decisión del IMNC sobre la Certificación y/o Inspección de cualquier Sistema, Producto, Proceso o Persona, se realiza sobre evidencias objetivas de conformidad (o no conformidad), obtenidas durante el Proceso de Certificación o Inspección; está decisión no es influenciada por intereses comerciales, financieros, personales, políticos u otros que coloquen en riesgo la credibilidad y buen nombre del IMNC.
10. El IMNC no proporciona servicios de consultoría en aquellos ámbitos en los que presta servicios de Inspección y Certificación, y no ofrece consultoría en este contexto para ayudar a otro organismo de evaluación de la conformidad construir sus sistema de gestión.
11. El IMNC no realiza la Certificación de los Sistemas de Gestión de cualquier otro Organismo de Certificación.
12. El IMNC no realiza la Inspección de productos o servicios de cualquier otra Unidad de Inspección.
13. El IMNC no proporciona servicios de auditoría interna a sus clientes certificados.
14. El IMNC no utiliza procedimientos para impedir o inhibir el acceso a los clientes de los servicios que ofrece el IMNC.
Fecha de Aplicación 23-05-2023